EFOS SAT MéxicoEDOS SATqué es EFOS

EFOS y EDOS en México: qué son y por qué tu despacho necesita verificarlos

Guía clara para contadores sobre EFOS, EDOS, el proceso del SAT, consecuencias fiscales y verificación de proveedores antes de deducir.

Actualizado 20267 min de lecturaPara contadores en México

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EFOS y EDOS: definiciones claras

EFOS significa Empresas que Facturan Operaciones Simuladas. Son contribuyentes que, de acuerdo con el SAT, pudieron emitir facturas sin contar con la capacidad material, personal, infraestructura o activos necesarios para realizar las operaciones. En palabras simples: venden facturas que podrían no representar operaciones reales.

EDOS significa Empresas que Deducen Operaciones Simuladas. Es el otro lado del problema. Si un cliente recibe facturas de un EFOS y las usa para deducir ISR o acreditar IVA, puede convertirse en EDO ante la autoridad. Por eso el riesgo no está solo en quien emite el CFDI, sino también en quien lo usa fiscalmente.

El proceso está regulado por el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Primero el SAT publica una presunción, luego el contribuyente tiene oportunidad de aportar pruebas, y finalmente puede quedar como definitivo si no desvirtúa. Las consecuencias van desde facturas no deducibles hasta auditorías, diferencias fiscales y, en casos extremos, posibles responsabilidades penales.

Para un despacho contable, EFOS y EDOS no son conceptos teóricos. Son señales de riesgo que deben conectarse con proveedores, XMLs, pagos, expedientes y declaraciones. Si el despacho no detecta el problema a tiempo, el cliente puede enterarse cuando ya hay una revisión abierta.

El proceso del SAT paso a paso

El proceso inicia cuando el SAT publica a un contribuyente como presunto. Esa publicación indica que la autoridad detectó señales de que el emisor pudo facturar operaciones inexistentes. No es todavía el final del procedimiento, pero sí una alerta que el contador debe tomar en serio.

Después viene el plazo para desvirtuar. El contribuyente tiene, en términos generales, 30 días para aportar pruebas de que sí realizó las operaciones. Puede presentar contratos, entregables, evidencia de personal, infraestructura, pagos, correspondencia y demás soporte que demuestre materialidad.

Si no logra probarlo, el SAT puede publicarlo como definitivo. Ese estatus es el más delicado para los receptores de facturas, porque la autoridad puede negar efectos fiscales a los CFDIs relacionados. Si sí acredita las operaciones, puede aparecer como desvirtuado. Si obtiene resolución judicial favorable, puede figurar con sentencia favorable.

La fecha importa mucho. Un proveedor pudo estar presunto en un periodo, desvirtuado después o ganar una sentencia meses más tarde. Por eso no basta con revisar el estatus actual; hay que comparar fechas de publicación contra fechas de CFDI y periodos declarados.

  • Presunción: el SAT publica al RFC como posible EFOS.
  • Plazo para desvirtuar: el contribuyente aporta pruebas de materialidad.
  • Definitivo: no logró aclarar o la autoridad confirma la presunción.
  • Desvirtuado o sentencia favorable: existe aclaración administrativa o judicial.

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Cómo afecta a los contadores

Si tu cliente recibió facturas de un EFOS, sus deducciones están en riesgo. El SAT puede cuestionar el gasto y el IVA acreditado incluso meses después de que el CFDI fue recibido. El problema no siempre aparece en el momento de la emisión; puede aparecer cuando la autoridad cruza información o actualiza la lista 69-B.

Un despacho con 20 clientes puede tener fácilmente 200 o más proveedores activos. La pregunta incómoda es simple: ¿los revisas todos? Si la respuesta es no, el riesgo está distribuido en la cartera sin que nadie lo vea. Por eso la verificación debe dejar de ser una consulta ocasional y convertirse en un control permanente.

El contador también necesita cuidar su comunicación. Cuando detecta un EFOS, debe explicar al cliente qué significa, qué facturas están involucradas y qué evidencia falta. Si el hallazgo llega tarde, el despacho termina trabajando contra reloj para reconstruir expedientes y defender deducciones ya tomadas.

La prevención mejora la relación con el cliente. Un aviso oportuno sobre un proveedor en lista negra demuestra diligencia, evita sorpresas y permite decidir antes de que el riesgo llegue a una declaración o auditoría.

Cómo verificar proveedores

Puedes verificar proveedores manualmente descargando la lista 69-B del SAT y buscando cada RFC. Es válido, pero lento si tienes muchos clientes. La alternativa práctica es usar el escáner gratuito de SAT Fácil en /escanear-rfc. Pegas el RFC, obtienes el estatus EFOS y puedes revisar señales complementarias en una sola consulta.

El scanner también ayuda cuando tienes varios proveedores. Puedes usar el modo por lote para revisar hasta 10 RFCs a la vez, útil cuando un cliente manda una lista de nuevos proveedores o cuando estás haciendo una revisión rápida antes del cierre mensual.

Además de la lista 69-B, conviene revisar si el RFC existe, el nombre o confirmación registral disponible, régimen fiscal y opinión de cumplimiento pública. Ninguna herramienta reemplaza el criterio del contador, pero sí reduce el tiempo de detección y te permite concentrarte en los casos que requieren análisis.

Para una cartera completa, SatFácil Pro permite pasar de consultas aisladas a monitoreo automático. La diferencia es importante: ya no dependes de que alguien recuerde revisar el RFC, sino de alertas cuando un proveedor de tus clientes cambia de estatus.

Herramientas y comparativas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre EFOS y EDOS?

EFOS es quien emite facturas de operaciones presuntamente simuladas. EDOS es quien recibe y deduce esas facturas, quedando expuesto a que el SAT rechace sus efectos fiscales.

¿Qué consecuencias tiene facturar con un EFOS?

Las facturas pueden perder efectos fiscales para el receptor. También pueden detonar revisiones, diferencias de ISR e IVA, multas y necesidad de acreditar materialidad.

¿Se puede revertir el estatus de EFOS definitivo?

Puede existir defensa o sentencia favorable, pero no debe asumirse. Hay que revisar el caso, fechas, publicaciones y evidencia antes de decidir sobre los CFDIs.

¿Cómo protejo a mis clientes de facturas EFOS?

Verifica proveedores antes de aceptar facturas, revisa la lista 69-B de forma recurrente, conserva evidencia de materialidad y monitorea cambios de estatus.

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